
Certificado de persona jurídica/sello de entidad
El certificado de sello de entidad o persona jurídica de EADTrust permite la identificación y firma electrónica de una persona jurídica que representa inequívocamente a una entidad.
Los solicitantes de este tipo de certificados deben ser personas físicas con capacidad para actuar en nombre de la entidad que solicita este tipo de certificado.
El suscriptor, es decir, el titular y responsable del uso del certificado, será la persona jurídica, entidad u organización que posee el certificado que se vincula con una clave privada.
Para obtener este certificado es necesario presentar:
- Documento de identificación de la persona física: DNI / NIE.
- Poder notarial, que acredita la representación vigente.
- Una declaración jurada de que el poder es vigente y no ha sido revocado con anterioridad.
Debe aportar, además, la siguiente información:
- Identificación de la entidad (CIF/NIF).
- Datos del domicilio de la entidad.
- Teléfonos y email de contacto de los directivos de la entidad.
- Copia de los estatutos de creación de la entidad.
EADTrust ofrece tres modalidades:
IDENTIFICACIÓN PRESENCIAL:
Bajo cita previa y tras haber rellenado la solicitud web, puedes acudir a las oficinas de EADTrust, situadas en calle Méntrida 6, 28043 Madrid, con la documentación indicada.
FIRMA ELECTRÓNICA AVANZADA SOPORTADA EN CERTIFICADO CUALIFICADO:
EADTrust te enviará el contrato de términos y condiciones para la prestación del servicio solicitado. Luego deberás firmarlo con una firma electrónica avanzada soportada en un certificado cualificado y enviárnoslo junto con la documentación obligatoria, también firmada. Puedes utilizar el DNI electrónico o cualquier otra firma basada en un certificado cualificado emitido por un prestador.
LEGITIMACIÓN ANTE NOTARIO:
Deberás acudir al notario con el contrato de Términos y Condiciones, identificarte y firmar el contrato en presencia del notario, para que este atestigüe la legitimidad de la firma. Una vez completado este paso, deberás enviar el contrato junto con la legitimación por correo electrónico. En el caso de las empresas extranjeras deberán adjuntar, además, la Apostilla de la Haya.
