
Certificado de extended validation (QWAC)
El certificado de Extended Validation (EV) es el certificado más seguro. Al igual que los certificados OV, verifican tanto el dominio como la identidad del propietario pero incluyen información adicional que incrementan la seguridad.
Una vez obtenido, los visitantes del sitio web podrán ver en la barra de direcciones un candado y una barra verdes donde aparece el nombre de la empresa.
Una persona física actuando en nombre y representación de una persona jurídica con la cual se establece una relación contractual especificando el alcance de la representación.
El suscriptor de un certificado es la persona física o jurídica que posee el certificado asociado al servidor web que se vincula con una clave privada.
Para solicitar este certificado es necesario aportar la siguiente documentación:
- Documento Identificación: DNI, NIE.
- Poder que acredita la Representación vigente.
Deberá identificar además la categoría de la entidad:
- Organización privada.
- Entidad gubernamental.
- Entidad comercial.
- Entidad no comercial.
EADTrust ofrece tres modalidades:
IDENTIFICACIÓN PRESENCIAL:
Bajo cita previa y tras haber rellenado la solicitud web, puedes acudir a las oficinas de EADTrust, situadas en calle Méntrida 6, 28043 Madrid, con la documentación indicada.
FIRMA ELECTRÓNICA AVANZADA SOPORTADA EN CERTIFICADO CUALIFICADO:
EADTrust te enviará el contrato de términos y condiciones para la prestación del servicio solicitado. Luego deberás firmarlo con una firma electrónica avanzada soportada en un certificado cualificado y enviárnoslo junto con la documentación obligatoria, también firmada. Puedes utilizar el DNI electrónico o cualquier otra firma basada en un certificado cualificado emitido por un prestador.
LEGITIMACIÓN ANTE NOTARIO:
Deberás acudir al notario con el contrato de Términos y Condiciones, identificarte y firmar el contrato en presencia del notario, para que este atestigüe la legitimidad de la firma. Una vez completado este paso, deberás enviar el contrato junto con la legitimación por correo electrónico. En el caso de las empresas extranjeras deberán adjuntar, además, la Apostilla de la Haya.
